viernes, 16 de diciembre de 2011

Un personero indolente

Ser colombiano es un acto de fe, sentenció Jorge Luis Borges en una, ¿la única?, visita al país, mi desmemoria me dice que la ciudad a donde llegó fue Manizales. No sé qué quiso decir el fecundo, talentoso y prolífico escritor negado para el premio Nobel de literatura al parecer por sus simpatías con los militares golpistas Argentinos y con Pinochet.

Al ver la indolencia, ¿o será insolencia?, de los servidores públicos que más que servidores parecen soberanos de sus cargos que no rinden cuentas, no brindan información e ignoran el derecho ajeno, creo entender a Borges, el colombiano que no tenga fe (creer lo que no vemos...) en que Colombia pese a todo es posible termina en un sanatorio siquiátrico, o dándose golpes contra las paredes, o indiferente al que dirán, qué pensarán, deambulando las calles sin rumbo ni razón, o en el mejor de los casos aquejado de cuanto trauma mental sea posible que exista.

Viene lo anterior por la actitud del personero de Urrao, cuya misión es la promoción de los derechos humanos, la salvaguarda de la Constitución y de las leyes, la sanción disciplinaria a los servidores inferiores a sus deberes, el veedor del tesoro o contralor municipal, y muchas otras tareas similares a las anteriores, la actitud del personero, digo, haciendo todo lo contrario de lo que es su deber.


Hoy le formulé a este funcionario del Ministerio Público un silencio administrativo positivo, que no es el primero  sin haber logrado ninguna respuesta, ya llegará el momento de saldar deudas, entre tanto espero entregue la constancia de que en sus actuaciones como concejal no medió "invitación por motivos específicos", ni citaciones de control político para evaluarlo, para que justifique sus omisiones y acciones censurables, por parte del Concejo en sus funciones de control político.

De: Javier Pereira Monsalve <veeduriaurrao@gmail.com>
Fecha: 16 de diciembre de 2011 16:32
Asunto: Silencio administrativo positivo - Fwd: Solicitud al Personero de Urrao respecto a su intervención en el trámite del Proyecto de acuerdo 128 2011, Pbot
Para: Personero Urrao <personeria@urrao-antioquia.gov.co>, Secretaria Personería <auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co>, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia <raguirre@procuraduria.gov.co>, quejas@procuraduria.gov.co, Concejo Municipal <concejo@urrao-antioquia.gov.co>



(Para facilitar la resolución reenvío el correo con el derecho de petición que origina este silencio administrativo positivo:  dp20111216-silencio-positivo-personero-citaciones-concejo-pbot.pdf (application/pdf) 151 kb Este archivo contiene el silencio positivo en el formato original)

Urrao 16 de diciembre de 2011

Abogado
Jorge Alexander Urrego Durango
Personero
personeria@urrao-antioquia.gov.co, auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co
Personería Municipal
Ciudad



Referencia: derecho de petición en interés general, solicitud de información, invitaciones o citaciones del Concejo en trámite del Pot o Pbot, radicado el 28 de noviembre de 2011 por correo electrónico


Asunto: silencio administrativo positivo


Javier Pereira Monsalve, identificado con la cédula de ciudadanía 8314329, al amparo del artículo 23, en concordancia con el 74, de la Constitución Política, conforme a lo establecido en los artículos 24 y  25 de la Ley 57 de 1985, habida cuenta del vencimiento del término para resolver y contestar, de manera respetuosa solicito que “dentro de los tres (3) días inmediatamente siguientes” se sirva expedir, autenticar y remitir a las direcciones que registro abajo las copias autenticadas y las copias electrónicas de los documentos que solicité en el derecho de petición de la referencia, de acuerdo con los siguientes

hechos:

  1. El lunes 28 de noviembre de 2011 radiqué vía correo electrónico la solicitud de información de la referencia, cuya copia reenvío para facilitarle la resolución del asunto.

  1. El pasado martes 13 de diciembre de 2011, venció el plazo para resolver y contestar establecido en el artículo 25 de la Ley 57 de 1985, el cual prescribe:

ARTICULO 25. Las peticiones a que se refiere el artículo 12 de la presente Ley deberán resolverse por las autoridades correspondientes en un término máximo de diez (10) días. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada. En consecuencia, el correspondiente documento será entregado dentro de los tres (3) días inmediatamente siguientes.

El funcionario renuente será sancionado con la pérdida del empleo.

  1. En las actas de sesiones plenarias del pasado período de sesiones de noviembre no se consigna invitación o citación alguna a ese despacho, en tal caso sírvase expedir, en  lugar de las copias solicitadas, la constancia correspondiente.

Anexo:


Para facilitar la resolución de esta solicitud anexo el derecho de petición, solicitud de información, del 28 de noviembre de 2011, son dos (2) folios en un archivo pdf


Dirección para comunicaciones o notificaciones:


Para copia electrónica: veeduriaurrao@gmail.com, y
Para copia física autenticada: Calle 31 30-61, teléfono (4)8502194, Urrao, Antioquia.

Anticipo mis agradecimientos por la cabal y oportuna resolución y respuesta de esta solicitud.



Atentamente, Javier Pereira Monsalve, Veeduría Ciudadana Vetoné




Anexos: Anexo copia del derecho de petición del 28 de noviembre que ocasiona el presente silencio administrativo.





Copias a la Procuraduría Nacional, Concejo Municipal, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Javier Pereira Monsalve <veeduriaurrao@gmail.com>
Fecha: 28 de noviembre de 2011 12:30
Asunto: Solicitud al Personero de Urrao respecto a su intervención en el trámite del Proyecto de acuerdo 128 2011, Pbot
Para: Personero Urrao <personeria@urrao-antioquia.gov.co>, Secretaria Personería <auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co>, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia <raguirre@procuraduria.gov.co>, Concejo Municipal <concejo@urrao-antioquia.gov.co>, Contraloría General de Antioquia <juridica@contraloriagdeant.gov.co>, Concejo Urrao <concejomuniurrao@hotmail.com>, Doctora Ana Cristina Moreno Palacios Directora del Departamento Administrativo de Planeación <planeacion@antioquia.gov.co>, planeacion@urrao-antioquia.gov.coauxiliarplaneacion@urrao-antioquia.gov.co

(Los archivos anexos contienen esta solicitud en su formato original)

Urrao 28 de noviembre de 2011

Doctor
Jorge Alexander Urrego Durango
Personero
Ciudad
Asunto: derecho de petición en interés general, Pbot
Javier Pereira Monsalve, identificado con la cédula de ciudadanía 8314329, al amparo del artículo 23 en concordancia con el 74 de la Constitución Política, conforme a lo establecido en el Libro Primero, Parte Primera del Decreto 01 de 1984, en especial los artículos 19 y 22; y  15 y 24 de la Ley 57 de 1985, y demás normatividad pertinente; con fines de control social y participación ciudadana, de manera respetuosa
solicito:

Copia electrónica copia física, con nota signada por firma autógrafa en parte marginal del haz de cada uno de sus folios que certifique la autenticidad, de los oficios, citaciones o invitaciones enviadas por el Concejo Municipal instando la presencia del Personero Municipal en el recinto de sesiones plenarias de aquella Corporación durante la totalidad del Cabildo Abierto el pasado jueves 24 de noviembre, y durante las sesiones plenarias del viernes 24 y sábado 25 de noviembre, según los siguientes

hechos:

  1. El jueves 24 de noviembre usted estuvo presente durante la totalidad del Cabildo Abierto convocado según lo prescrito por el artículo 2 de la Ley 507 de 1999, y permaneció en el recinto, después de las intervenciones ciudadanas, durante la participación de los concejales e intervino para pedirle explícitamente al Concejo la aprobación del Proyecto de Acuerdo 128 de 2011 a pesar de que la generalidad de las intervenciones ciudadanas testimoniaron no haber conocido nada de diagnósticos, estudios técnicos ni convocatorias para socializar y enriquecer el proyecto según lo reglado por entre otros los artículos 22, De la participación comunal en el ordenamiento del territorio; 24, Instancias de concertación y consulta; y del procedimiento para la aprobación de los Pot reglado en el 25 de la Ley 388 de 1997. Asuntos que fueron expuestos con el datalle que permitió la limitación de tiempo de que fui objeto en mi intervención, anexo el resumen de ésta.
  2. En su intervención hizo de conocimiento público sus presuntas acciones para la hospitalización de una persona al parecer con problemas siquiatrícos y de actitudes de la familia de ésta presunta violación a la intimidad personal y familiar de la señora internada en un centro siquiátrico.
  3. El viernes 25 y el sábado 26 de noviembre de 2011, donde las plenarias del Concejo consideró algunos aspectos del Proyecto 128 usted nuevamente hizo presencia durante la totalidad de estas sesiones.
  4. El artículo 291 de la Constitución Política prevé: “(...) Los contralores y personeros sólo asistirán a las juntas directivas y consejos de administración que operen en las respectivas entidades territoriales, cuando sean expresamente invitados con fines específicos”.
  5. La Ley 136 de 1994, artículo 32, en el ordinal faculta a los concejos para: “2. Exigir los informes escritos o citar a los secretarios de la alcaldía, directores de departamentos administrativos o entidades descentralizadas municipales, al contralor o al personero, así como a cualquier funcionario municipal, excepto el alcalde, para que en sesión ordinaria haga declaraciones orales sobre asuntos relacionados con la marcha del municipio”.
  6. El artículo 38 de la Ley 136 de 1994 prescribe: “ARTÍCULO 38. FUNCIONES DE CONTROL. <Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> Corresponde al Concejo ejercer función de control a la administración municipal. Con tal fin, podrá citar a los secretarios, jefes de departamento administrativo y representantes legales de entidades descentralizadas así como al Personero y al Contralor. Las citaciones deberán hacerse con anticipación no menor de cinco días hábiles y formularse en cuestionario escrito. El debate no podrá extenderse a asuntos ajenos al cuestionario y deberá encabezar el orden del día de la sesión. También podrá el Concejo solicitar informaciones escritas a otras autoridades municipales. En todo caso, las citaciones e informaciones deberán referirse a asuntos propios del cargo del respectivo funcionario”. (El original no tiene textos resaltados)
…”
Anexo:
Resumen de la intervención de Javier Pereira M. de la veeduría ciudadana Vetoné en el Cabildo Abierto del 24 de noviembre de 2011
Dirección para comunicaciones o notificaciones:
Para copias físicas: Calle 31 30-61; teléfono 850 2194
Para copia electrónica: veeduriaurrao@gmail.com

Atentamente, Javier Pereira Monsalve - Veeduría Ciudadana Vetoné



Copia a: Concejo Municipal, Procuraduría Provincial Santa Fe, Departamento Administrativo de Planeación Departamental, Contraloría general de Antioquia, Planeación municipal, Corpourabá

Anexos: lo enunciado en el acápite Anexo:

Atentamente, Javier Pereira Monsalve, Veeduría Ciudadana Vetoné

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