lunes, 28 de noviembre de 2011

El Personero de Urrao funge de concejal


De: Javier Pereira Monsalve <veeduriaurrao@gmail.com>
Fecha: 28 de noviembre de 2011 12:30
Asunto: Solicitud al Personero de Urrao respecto a su intervención en el trámite del Proyecto de acuerdo 128 2011, Pbot
Para: Personero Urrao <personeria@urrao-antioquia.gov.co>, Secretaria Personería <auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co>, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia <raguirre@procuraduria.gov.co>, Concejo Municipal <concejo@urrao-antioquia.gov.co>, Contraloría General de Antioquia <juridica@contraloriagdeant.gov.co>, Concejo Urrao <concejomuniurrao@hotmail.com>, Doctora Ana Cristina Moreno Palacios Directora del Departamento Administrativo de Planeación <planeacion@antioquia.gov.co>, planeacion@urrao-antioquia.gov.co, auxiliarplaneacion@urrao-antioquia.gov.co

(Los archivos anexos contienen esta solicitud en su formato original)

Urrao 28 de noviembre de 2011

Doctor/Jorge Alexander Urrego Durango/personero@urrao-antioquia.gov.co/Personero

Ciudad

Asunto: derecho de petición en interés general, Pbot

Javier Pereira Monsalve, identificado con la cédula de ciudadanía xxxxxx, al amparo del artículo 23 en concordancia con el 74 de la Constitución Política, conforme a lo establecido en el Libro Primero, Parte Primera del Decreto 01 de 1984, en especial los artículos 19 y 22; y  15, 24 y 25 de la Ley 57 de 1985, y demás normatividad pertinente; con fines de control social y participación ciudadana, de manera respetuosa

solicito:

Copia electrónica copia física, con nota signada por firma autógrafa en parte marginal del haz de cada uno de sus folios que certifique la autenticidad, de los oficios, citaciones o invitaciones enviadas por el Concejo Municipal instando la presencia del Personero Municipal en el recinto de sesiones plenarias de aquella Corporación durante la totalidad del Cabildo Abierto el pasado jueves 24 de noviembre, y durante las sesiones plenarias del viernes 24 y sábado 25 de noviembre, según los siguientes

hechos:
  1. El jueves 24 de noviembre usted estuvo presente durante la totalidad del Cabildo Abierto convocado según lo prescrito por el artículo 2 de la Ley 507 de 1999, y permaneció en el recinto, después de las intervenciones ciudadanas, durante la participación de los concejales e intervino para pedirle explícitamente al Concejo la aprobación del Proyecto de Acuerdo 128 de 2011 a pesar de que la generalidad de las intervenciones ciudadanas testimoniaron no haber conocido nada de diagnósticos, estudios técnicos ni convocatorias para socializar y enriquecer el proyecto según lo reglado por entre otros los artículos 22, De la participación comunal en el ordenamiento del territorio; 24, Instancias de concertación y consulta; y del procedimiento para la aprobación de los Pot reglado en el 25 de la Ley 388 de 1997. Asuntos que fueron expuestos con el datalle que permitió la limitación de tiempo de que fui objeto en mi intervención, anexo el resumen de ésta.
  2. En su intervención hizo de conocimiento público sus presuntas acciones para la hospitalización de una persona al parecer con problemas siquiatrícos y de actitudes de la familia de ésta presunta violación a la intimidad personal y familiar de la señora internada en un centro siquiátrico.
  3. El viernes 25 y el sábado 26 de noviembre de 2011, donde las plenarias del Concejo consideró algunos aspectos del Proyecto 128 usted nuevamente hizo presencia durante la totalidad de estas sesiones.
  4. El artículo 291 de la Constitución Política prevé: “(...) Los contralores y personeros sólo asistirán a las juntas directivas y consejos de administración que operen en las respectivas entidades territoriales, cuando sean expresamente invitados con fines específicos”.
  5. La Ley 136 de 1994, artículo 32, en el ordinal faculta a los concejos para: “2. Exigir los informes escritos o citar a los secretarios de la alcaldía, directores de departamentos administrativos o entidades descentralizadas municipales, al contralor o al personero, así como a cualquier funcionario municipal, excepto el alcalde, para que en sesión ordinaria haga declaraciones orales sobre asuntos relacionados con la marcha del municipio”.
  6. El artículo 38 de la Ley 136 de 1994 prescribe: “ARTÍCULO 38. FUNCIONES DE CONTROL. <Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> Corresponde al Concejo ejercer función de control a la administración municipal. Con tal fin, podrá citar a los secretarios, jefes de departamento administrativo y representantes legales de entidades descentralizadas así como al Personero y al Contralor. Las citaciones deberán hacerse con anticipación no menor de cinco días hábiles y formularse en cuestionario escrito. El debate no podrá extenderse a asuntos ajenos al cuestionario y deberá encabezar el orden del día de la sesión. También podrá el Concejo solicitar informaciones escritas a otras autoridades municipales. En todo caso, las citaciones e informaciones deberán referirse a asuntos propios del cargo del respectivo funcionario”. (El original no tiene textos resaltados)
    Anexo:

Dirección para comunicaciones o notificaciones:

Para copias físicas: Calle 31 ... ; teléfono 850 2194
Para copia electrónica: veeduriaurrao@gmail.com

Atentamente, Javier Pereira Monsalve - Veeduría Ciudadana Vetoné



Copia a: Concejo Municipal, Procuraduría Provincial Santa Fe, Departamento Administrativo de Planeación Departamental, Contraloría general de Antioquia, Planeación municipal, Corpourabá

Anexos: lo enunciado en el acápite Anexo:


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