jueves, 5 de abril de 2012

El abogado secretario de gobierno parece ser autista

En la fecha esta solicitud no ha sido resuelta ni respondida, tampoco ha sido objeto de ningún requerimiento. 

He estado en mora de formular un silencio administrativo y de acudir a la instancia disciplinaria para lo de su competencia.

De: Javier Pereira Monsalve <veeduriaurrao@gmail.com>
Fecha: 3 de febrero de 2012 07:46
Asunto: Derecho de petición, solicitud de información: dp20120203-sgg-pdf-actos-administrativos-para-publicidad.pdf
Para: Archivo y correspondencia <archivo@urrao-antioquia.gov.co>, gobierno@urrao-antioquia.gov.co, "alcalde2015 urrao-antioquia.gov.co" <alcalde2015@urrao-antioquia.gov.co>
CC: Personero Urrao <personeria@urrao-antioquia.gov.co>, Secretaria Personería <auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co>, indalecio <indalecio@urrao.org>, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia <raguirre@procuraduria.gov.co>, control_ciudadano@contraloriagen.gov.co, Contraloría General de Antioquia <juridica@contraloriagdeant.gov.co>, Concejo Municipal <concejo@urrao-antioquia.gov.co>, alcaldia@urrao-antioquia.gov.co, juridica@urrao-antioquia.gov.co, planeacion@urrao-antioquia.gov.co, auxiliarplaneacion@urrao-antioquia.gov.co, dls@urrao-antioquia.gov.co, sismaster@urrao-antioquia.gov.co, sivigila@urrao-antioquia.gov.co, saneamiento@urrao-antioquia.gov.co, sistemas@urrao-antioquia.gov.co, bienestar@urrao-antioquia.gov.co, inspeccion@urrao-antioquia.gov.co, comisaria@urrao-antioquia.gov.co, hacienda@urrao-antioquia.gov.co, contabilidad@urrao-antioquia.gov.co, transito@urrao-antioquia.gov.co, taquilla@urrao-antioquia.gov.co, catastro@urrao-antioquia.gov.co, controlinterno@urrao-antioquia.gov.co, almacen@urrao-antioquia.gov.co, nucleo@urrao-antioquia.gov.co, educacion@urrao-antioquia.gov.co, auxiliareducacion@urrao-antioquia.gov.co, ciudadela@urrao-antioquia.gov.co, culturayturismo@urrao-antioquia.gov.co, umata@urrao-antioquia.gov.co, auxiliaragropecuario@urrao-antioquia.gov.co, sisben@urrao-antioquia.gov.co, comunicaciones@urrao-antioquia.gov.co, gestiondesplazados@urrao-antioquia.gov.co, deportes@urrao-antioquia.gov.co, familiasenaccion@urrao-antioquia.gov.co, gerenteepu@urrao-antioquia.gov.co, contabilidadepu@urrao-antioquia.gov.co, taquillaepu@urrao-antioquia.gov.co, secretariaepu@urrao-antioquia.gov.co, subgerenciaepu@urrao-antioquia.gov.co, auxiliarepu@urrao-antioquia.gov.co


(El archivo adjunto -dp20120203-sgg-pdf-actos-administrativos-para-publicidad.pdf- contiene el derecho de petición en formato original)

Urrao 03 de febrero de 2012

Señor
Secretario General y de Gobierno
gobierno@urrao-antioquia.gov.co
Alcaldía Municipal
Ciudad

Asunto: derecho de petición, solicitud de copia electrónica de actos gubernamentales y administrativos
Javier Pereira Monsalve, identificado con la cédula 8314329, de la Veeduría Ciudadana Vetoné, actuando en mi propio nombre, al amparo del artículo 23 de la Constitución Política, con fines de control social, participación ciudadana, ilustración personal y publicidad en el sitio www.urrao.org, de manera cordial solicito:

1. Copia electrónica en formato pdf de “todos los actos gubernamentales y administrativos que la opinión deba conocer para informarse sobre el manejo de los asuntos públicos y para ejercer eficaz control sobre la conducta de las autoridades, y los demás que según la ley deban publicarse para que produzcan efectos jurídicos# expedidos por ese Despacho Público desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de resolución de esta solicitud. Cada acto administrativo en su respectivo archivo pdf (individual).

2. Igualmente exoro el envío oportuno de los demás que se expidan posteriormente. Para los efectos sugiero agregar la dirección de correo veeduriaurrao@gmail.com a los mails que se envían al web master, contratado por la Alcaldía, para publicación en el sitio web institucional del municipio de Urrao.

Esta solicitud es motivada, además, por los siguientes hechos:

1. Los actos administrativos originados en la alcaldía de Urrao no son objeto de promulgación, entendido el término en su acepción literal:  Publicar oficialmente una ley u otra disposición.

2. En la Sentencia C-646/00 la Corte Constitucional reitera:

“La democracia presupone la existencia de una opinión pública libre e informada", una opinión conformada por sujetos autónomos, libres, dotados de razón y como tales titulares del derecho deber de participación, que los habilita y obliga a ejercer las funciones de control político, necesarias para garantizar el equilibrio, la juridicidad y la pertinencia de las actuaciones que emanan de las autoridades de las diferentes Ramas del Poder Público. La publicidad es una condición de legitimidad, que activa el principio de obligatoriedad de la norma jurídica, pues "...es principio general de derecho que nadie puede ser obligado a cumplir las normas que no conoce..."  Son dos los objetivos que se persiguen con la exigencia de realización del principio de publicidad respecto de los actos administrativos, el primero determinar la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones que contiene el respectivo acto y el segundo garantizar la oponibilidad al contenido de los mismos por parte de los ciudadanos legitimados para el efecto. (...)  La regla general es que el acto administrativo entre en vigencia desde el momento de su expedición, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos de publicación o notificación según sea el caso. En consecuencia, el acto administrativo que no haya sido publicado o notificado será un acto ineficaz, esto es que no producirá efectos, lo que no quiere decir, desde luego, que sea nulo o inexistente. El acto administrativo es válido desde que se expide, pero su contenido únicamente vincula y se impone desde el momento en que se cumplen los requisitos de publicación o notificación, según se trate de actos de contenido general y abstracto o de actos de contenido particular y concreto respectivamente. (El original no trae textos resaltados)

3. Los protocolos de Gobierno en línea prescriben la obligación de, adicionalmente, publicar o colgar los actos administrativos en las web institucionales, para los efectos proporciona la plataforma tecnológica, en el caso concreto http://www.urrao-antioquia.gov.co, deber omitido hasta la fecha por ese despacho público..

Direcciones para comunicaciones o notificaciones:

Dirección electrónica: veeduriaurrao@gmail.com
Dirección física: Calle 31 30-61, teléfonos (4) 8502194 y 3136000694

Anticipo mis agradecimientos por la atención. diligencia y oportunidad que se preste en la resolución de esta solicitud.

Atentamente,
Javier Pereira Monsalve

 - Veeduría Ciudadana Vetoné


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