jueves, 5 de abril de 2012

En obra cofinanciada por VIVA impiden el acceso a un veedor

 De: Javier Pereira Monsalve <veeduriaurrao@gmail.com>
Fecha: 19 de enero de 2012 07:51
Asunto: Derecho de petición, VIVA
Para: Señor Milton Bladimir Herrera Machado Secretario Planeación y Obras Públicas <planeacion@urrao-antioquia.gov.co>, auxiliarplaneacion@urrao-antioquia.gov.co, Personero Urrao <personeria@urrao-antioquia.gov.co>, Secretaria Personería <auxiliarpersoneria@urrao-antioquia.gov.co>, viva@antioquia.gov.co, Procuraduría Provincial Santa Fe de Antioquia <raguirre@procuraduria.gov.co>


(El archivo adjunto: dp20120119-spo-autorizar-ingreso-veedores-a-obras-viva.pdf, contiene la solicitud en formato original)

Urrao 19 de enero de 2012

Para
Secretaria de Planeación y Obras Públicas
Alcaldía Municipal
Ciudad

Asunto: derecho de petición en interés general, proyectos cofinanciados por VIVA

Javier Pereira Monsalve, identificado con la cédula 8314329, de la Veeduría Ciudadana Vetoné, al amparo del artículo 23 de la Constitución Política, actuando en mi propio nombre, con base en las disposiciones del libro primero, parte primera, del Decreto 01 de 1984 y demás normatividad pertinente, en especial el literal I) de la cláusula quinta del convenio 2009-VIVA-CF-107, con fines de control social y de participación ciudadana, de manera respetuosa

Solicito:

Se sirva ordenar a los encargados de las obras cofinanciadas por VIVA, Viviendas de Antioquia, actualmente en ejecución en este municipio, permitir el ingreso a dichas obras de este peticionario y eventuales auxiliares para un seguimiento fotográfico de las condiciones y estado de la construcción, según los siguientes

Hechos:

En 2011 realicé algunas tomas fotográficas de dos de las obras objeto de esta solicitud sin encontrar ningún obstáculo, y, por el contrario, colaboración del encargado.

En el presente año al intentar ingresar fui advertido por el encargado de la obra que se ejecuta en la carrera 32 entre calles 26 y 27 de que sus superiores le ordenaron no permitir el ingreso de ningún particular ajeno a la obra, salvo que disponga de la autorización de autoridades municipales.

Estas obras se ejecutan con financiación parcial del Estado, lo que significa que pueden ser objeto del escrutinio público.

El literal I) de la cláusula quinta (obligaciones del municipio) del convenio interadministrativo de cofinanciación número 2009-VIVA-CF-107 dice: Permitir la supervisión de la comunidad, tanto en el proceso de contratación como de seguimiento y evaluación de la del proyecto.

Dirección

Recibo comunicaciones o notificaciones en calle 31 #30-61, teléfono 850 2194 y 3136000694

Atentamente,


Javier Pereira Monsalve


Copia a VIVA, Personería municipal, Procuraduría provincial, Contraloría general de Antioquia y Minambiente

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