jueves, 24 de febrero de 2011

En la fecha recibí la supuesta respuesta a un requerimiento en este sistema, la cual dice: "El requerimiento # 16583 fue actualizado en el Sistema de Atencion al Ciudadano de la SED".

Expresa la respuesta:

"Señor JAVIER PEREIRA MONSALVE, sobre su inquietud, permítame decirle que los traslados de educadores al servicio del Estado se rigen por el Decreto Nacional 520 febrero de 2010. Para el caso específico de la señora que menciona en su escrito, le manifiesto que la decisión fue de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioqua, quien soportada en el artículo 5 de la norma citada procedío al traslado debido a unas inconsistencias administrativas en que incurrió la Rectora, todo con el único fin de garantizar la adecuada ptrestación (sic) del servico (sic) educativo a los estudiantes de dicho Establecimiento Educativo. La copia de la Resolución por la que se efectuo (sic) el traslado la puede encontrar en la ´pagina www.seduca,gov.co link personal".

Al visitar el link que informan no encuentro la información que solicito. Nuevamente reitero la petición del acto administrativo, o en su defecto el link o enlace de aquel, donde se decide el traslado inconsulto de la directiva docente aludida en esta actuación administrativa.

El único acto administrativo que localicé en internet al respecto es el que anexo, que como se ve no es ninguna resolución, o, en otras palabras, no consigna las razones del traslado.

Para finalizar, dos inquietudes:

1. Cuál o cuáles de los 4 motivos que trae el artículo 5 del Decreto 520 funda la decisión de traslado; y
2. Dice la respuesta que gloso que el secretario de educación de Antioquia "procedió al traslado debido a unas inconsistencias administrativas en que incurrió la Rectora, todo con el único fin de garantizar la adecuada prestación del servico educativo a los estudiantes de dicho Establecimiento Educativo". Si, como dice el texto. la rectora incurrió en unas "inconsistencias administrativas", ¿significa que en la institución educativa Juan de Dios Uribe, la más prestigiosa de Andes en palabras del alcalde local, no pueda incurrir en la misma conducta supuestamente reprochable?

Atentamente, Javier Pereira Monsalve  Veeduría Ciudadana Vetoné

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